Raíces gomeras

Raíces Gomeras es un espacio dedicado a la investigación y divulgación genealógica de La Gomera, donde se reúnen estudios, documentos y relatos sobre las familias que conforman la historia de la isla.

Gustavo Adolfo González Rodríguez nació en San Cristóbal de La Laguna en 1973.

Desde joven sintió una profunda curiosidad por la historia familiar y el legado de las generaciones pasadas, una inquietud que lo llevó a dedicarse de lleno a la genealogía familiar e histórica, con especial atención a La Gomera.

Miembro de la Sociedad de Estudios Genealógicos y Heráldicos de Canarias (SEGEHECA) desde 2014, ha participado en charlas, congresos y jornadas dedicadas a la genealogía y la historia local. Su formación es fruto de incontables horas de investigación en archivos parroquiales y notariales, trabajo de campo y lectura de fuentes originales.

Entre sus estudios más destacados figuran “Tras la pista de la familia Pinelli y su descendencia en La Gomera” y “Los Lino, la historia familiar del linaje Rodríguez de Las Rosas”, dedicados a linajes que marcaron la historia de la isla.

Con Raíces Gomeras, Gustavo González busca compartir sus hallazgos, difundir el valor de la genealogía y despertar en otros la emoción de descubrir sus propias raíces.

Su propósito es claro: dar voz a los nombres del pasado y devolver a la memoria colectiva la historia de las familias gomeras, porque cada documento hallado es una historia que vuelve a la vida.

En la actualidad, la preocupación por el más allá tiene menos relevancia que antaño, se vive más pendiente del ahora, de vivir y disfrutar el momento. Pero esto no siempre fue así; hubo un tiempo, no tan lejano, en el que era mayor la preocupación por la otra vida que por la presente. El temor al infierno y al purgatorio quitaba el sueño a muchos de nuestros antepasados, siendo su mayor anhelo ser merecedores del cielo, de la gloria eterna, para ello debían manifestar su fe a través de una vida de buenas obras y de profesar el amor a Dios y al prójimo. Pero aún así, cuando se sospechaba que la muerte estaba cerca, era costumbre poner tanto las cosas terrenales como las celestiales en orden, para ello se testaba.

Los testamentos aportan a la investigación de la historia familiar una realidad social y personal que otros registros sacramentales no ofrecen. Por una parte, nos permiten conocer el patrimonio del testador, tanto de bienes raíces como de bienes muebles, y por otra, revelan las instrucciones detalladas para sus exequias tras el fallecimiento.

Sumergiéndonos en el libro de testamentos de la parroquia de San Marcos Evangelista de Agulo, nos encontramos con el otorgado por Francisco Fernández Prieto, pero antes de analizar sus últimas voluntades, conozcamos algo más a nuestro protagonista.

Nació en Agulo aproximadamente en 1717, hijo del sargento de milicias Francisco Fernández Prieto y Feliciana Rodríguez Montesino, vecinos de Agulo y casados en la iglesia parroquial de la Encarnación de Hermigua el 28 de octubre de 1709. De este matrimonio se tiene constancia de la siguiente descendencia y, por tanto, hermanos de Francisco:

– Juan Prieto Fernández, nacido en 1715, casó con María de la Peña en 1740.

– José Prieto, nacido en 1724 y casado con Rita Guillama en 1745.

– Juana, nacida sobre 1715.

– Antonio.

Como hemos visto, su padre era suboficial de milicias; su abuelo fue el Alférez Juan Fernández Prieto, casado en la parroquia de la Encarnación de Hermigua en 1686 con Juana de Trujillo. A su vez, su bisabuelo fue el Alférez Juan de Arias Negrín Prieto, hijo del Capitán Pedro de Arias. Observamos, por lo tanto, como sus ascendientes, generación tras generación, fueron oficiales de la milicia insular. A diferencia del ejército regular, que estaba formado por soldados profesionales, estas estaban compuestas por ciudadanos entrenados para proteger el archipiélago de incursiones externas. La participación y el rango en ellas estaban directamente vinculados al estatus social. Los cuadros de mando eran ocupados por miembros de las familias pertenecientes a la oligarquía local. Estos cargos no sólo conferían prestigio, sino también importantes beneficios socioeconómicos, como acceder a privilegios fiscales, licencias de comercio y la capacidad de influir en las decisiones políticas locales. Para estas familias, servir en las milicias se convirtió en una carrera hereditaria, en la que los hijos mayores no solo heredaban las propiedades, sino también los empleos militares, como hemos podido ver en los antecedentes familiares de Francisco Fernández Prieto. En lo referente a La Gomera, según Díaz Padilla y Rodríguez Yanes en su obra “El señorío en las Canarias Occidentales”, a principios del siglo XVIII, la isla contaba con nueve compañías y 1.026 hombres, estando una de ellas ubicada en Agulo, la cual estaba formada por 110 efectivos, a la que pertenecería la familia Fernández Prieto.

Una vez vista sucintamente tanto la familia de Francisco como la institución de la milicia, veamos y analicemos el testamento en cuestión, cabe significar que el estado del documento es muy deficiente, afectado tanto por la oxidación de la tinta como por la acción de insectos, dificultando, por tanto, la lectura y transcripción del mismo. Esta se ha hecho de manera literal, conservando errores ortográficos y grafías ya en desuso con el fin de transmitir lo añejo del documento, así como para poder percibir esa lengua, que sin darnos cuenta, va cambiando con el paso de los años. El texto nos muestra características del español de la época, algunas de las cuales aún persisten en el habla gomera:

  • El seseo: la falta de distinción en la pronunciación de la z y la s (o c y s), un rasgo común en el español de Canarias y de América. Se observa en palabras como pedaso (por pedazo) o resadas (por rezadas).
  • Indistinción de b y v: se trata de un fenómeno fonético que aún hoy es habitual en gran parte del español, donde ambos fonemas tienen la misma pronunciación. Se refleja en las grafías bieren y benerable.
  • Aspiración de la f inicial latina: este es un rasgo muy interesante, ya que muestra el paso de la antigua f a la h aspirada (j). La escritura del testamento confirma que, aunque el fenómeno estaba en proceso de desaparición (aga, yjo), el sonido aspirado todavía existía en el habla, las grafías jierro y jose (por “hierro” y “hoz”) son una representación fiel de ese sonido. El uso de la j en jilados (por hilados) es otra muestra de esta aspiración.

El testamento está fechado y firmado en Agulo el 24 de diciembre de 1767, por lo tanto, Francisco tenía unos cincuenta años cuando testó y el mismo comienza así:

“En el nombre de Dios Amén.

Sepan quantos esta que son última y postrimera voluntad bieren como yo Francisco Fernández Pryeto vecino deste lugar de San Marcos en Agulo de La Gomera como allandome en la casa de mi morada enfermo de cuerpo y sano del entendimiento memoria y voluntad que Dios Nuestro Señor fuere sabido remedarme desta presente enfermedad con que mi cuerpo de alla que tan grabado me tiene y temeroso de la muerte como cosa natural ordeno este mi testamento en la forma y manera siguiente.”

Francisco, viéndose enfermo y hallando próxima su muerte, decide poner por escrito sus últimas voluntades, empezando por lo que entiende más importante, quedar a bien con Dios y determinar los detalles de su entierro:

“[…]”quiero y es mi voluntad que me acompañe el benerable cura y su sochantre de mi casa a la yglesia con capa y cruz alta y se me aga en la ystancia del camino las tres pausas acostumbradas.”

Don Miguel Rodríguez Casanova era el cura párroco en ese momento, quien según el padrón de 1757 vivía en la casa número uno junto a Silvestra Navarrete, de 53 años, y a su criado Alejando de 14, según dicha anotación padronal, el párroco tenía 48 años.

El sochantre es la persona que dirige el coro en los oficios religiosos, encargado de entonar los cantos litúrgicos y enseñarlos a los feligreses. En el caso de la parroquia de San Marcos Evangelista de Agulo, este papel lo ejercía Antonio Morales Prieto, a quien tenemos viviendo en la casa número dos, quien nació aproximadamente en 1720, por lo tanto, contaba con 37 años.

Francisco dejó por escrito su deseo de ir de su casa a la iglesia «con capa y cruz alta» y de hacer «las tres pausas acostumbradas», solicitando por tanto una procesión fúnebre solemne, en este cortejo la cruz alta encabeza la comitiva, seguida por el sacerdote que lleva la capa pluvial y luego el féretro. A diferencia de la casulla, que se usa durante la misa, la capa se utiliza en actos de mayor solemnidad. Se trata de un manto semicircular, sujeto en el pecho con un broche. Las tres pausas que pide se hagan a lo largo del camino son un rito tradicional para recordar a la Santísima Trinidad (Padre, Hijo y Espíritu Santo) y para que en cada una de ellas los vecinos y familiares se unan en oración por el difunto antes de llegar a la iglesia para la misa de exequias.

“[…]quiero que mi cuerpo sea amortajado en una alba blanca a la umildad de Christo bida nuestra y se me entierre en la yglesia parroquial deste dicho lugar […]”

El alba blanca es una vestidura larga y sencilla, generalmente de lino, cuyo nombre proviene del latín albus (“blanco”), fue tradicionalmente empleada para amortajar a los difuntos como signo de pureza, humildad y esperanza en la resurrección.

El deseo de ser enterrado en la iglesia parroquial tenía un profundo significado espiritual y social, ser sepultado dentro o junto a la iglesia simbolizaba morir “al amparo de Dios” y permanecer cerca del altar donde se celebraba la Eucaristía, lo que reflejaba la devoción de Francisco y la esperanza en la salvación. A nivel social, este privilegio solía reservarse a personas con recursos, clérigos, benefactores o familias distinguidas, convirtiéndose en un signo de prestigio y de pertenencia a la comunidad parroquial; así, pidiendo sepultura en la parroquia no solo expresaba fe y deseo de protección espiritual, sino que también manifiesta su estatus social.

”quiero que se me entierre con misa si la ubiere [ilegible] y si no se me aplique al segundo día y se me aga el oficio de cuerpo presente y no más quiero que se me digan por mi alma beinte misas resadas”

Como vemos, pide que se le haga una misa de cuerpo presente, también conocida como misa fúnebre o exequial, que es la que se celebra en presencia del féretro del difunto y en la que se reza por el perdón de sus pecados. En cuanto a su petición de las veinte misas rezadas, a diferencia de una misa cantada, es la que se celebra sin música ni cantos, donde las oraciones y respuestas se recitan en voz alta por parte del sacerdote y los fieles, se trata de un rito más sencillo y menos ceremonial, con una duración más corta.

Francisco no sólo pide este número de misas, sino que solicitó a quién encomendarlas, veamos:

  • Ángeles y figuras divinas: El Santo Ángel de la Guarda, el Espíritu Santo, el Santísimo Sacramento y San Miguel Arcángel.
  • Santos: San Pedro de Alcántara, con la intención específica de “para que me abra las puertas del sielo”, el santo de su nombre, es decir, San Francisco, San Antonio, San Ramón, San Pedro Nolasco y Santa Bárbara.
  • Vírgenes: Nuestra Señora del Buen Viaje, Nuestra Señora de las Mercedes, Nuestra Señora del Carmen, la Virgen de Guía, la Virgen de la Encarnación, Nuestra Señora de Candelaria, la Virgen del Pilar, la Virgen del Amparo, la Virgen del Rosario y Nuestra Señora Santa Rita, “avogada de lo ynposible”.

Esta lista tan detallada refleja una profunda y variada devoción, pidiendo la intercesión de figuras específicas para la salvación de su alma. Cabe reseñar la frase para San Pedro de Alcántara, que es particularmente emotiva y añade un toque personal a la solicitud. Estas misas solicitadas conllevan una ofrenda económica, la cual es denominada estipendio o limosna. Veamos cómo determina la provisión de fondos para cubrirlas.

las que les dejo y esiste y aparto para que se pagen de mis vienes dexo a las cofradías a las farolas [ilegible] y a las otras a dos quartos con que los [ilegible] y aparto del derecho de mis bienes para que se pagen su limosna [ilegible] ansi es mi voluntad.

En este fragmento, establece explícitamente una provisión financiera para asegurar que sus misas sean pagadas, utiliza términos como se pagen de mis vienes” y «aparto del derecho de mis bienes» para dejar claro que una parte de su patrimonio debe ser reservada con este propósito.

Una vez dejó ordenadas sus voluntades celestiales, Francisco pasó a hacer lo propio con sus posesiones terrenales, las que enumera y ubica:

– Media casa con corral, que es donde vive junto a su hermana Juana, la cual está detrás de la iglesia parroquial; según el padrón de 1757, se trata de la vivienda número 73.

– Cuatro morales junto a su casa, otros dos en La Bobadilla, otro en La Laguna, dos más en el Lomo del Moral y dos más que los ubica en “la torna de la balsa uno más arriba y otro más abajo”.

También declara teneruna suertesita de biña en la torna de la balsa con un pedasito de manantial de ñames”.

El término «suerte» se refiere a cada una de las partes o lotes específicos en los que se divide una propiedad, especialmente una finca o un terreno rústico, su origen está en la antigua práctica de repartir las porciones de una herencia por medio de la suerte, es decir, del azar. Para evitar disputas entre los herederos, se dividía la propiedad en lotes de valor similar, y luego cada uno obtenía el suyo mediante un sorteo. Así, la porción de tierra que le tocaba a cada uno era su «suerte» o «destino».

– Una suerte de viña detrás de la iglesia a medias con su hermana Juana.

declaro que dexo el derecho y asion miyo y de mi hermana ala verdura lo que está por partir con mis hermanos”.

– Deja también un pedaso de manantial de ñames” que posee a medias con su hermana Juana “en donde llaman el ancón”.

– Dos casas, una que compró junto a Juana y otra que comparte propiedad junto a sus hermanos y que heredó de sus padres.

– Lega tierras para sembrar y montes “donde llaman el caballero” que comparte con su hermana y que recibió de sus padres como herencia.

También declara dejar “un pedaso de tierras de pan senvrar en dicho lugar de Agulo devajo del rrisco en el caballero”, llama la atención una observación que hace de esta posesión, de la que declara:

lo estado poseyendo asta [ilegible] y de mi sobrino chistobalque es suyo mando a mis erederos que no le den entrada en ellos asta que no muestre por donde porque [ilegible] estado en mi pasifica posesion de ellos declaralo ansi para que conste”

Salvo “la torna de la balsa”, difícil de ubicar con tan poco detalle, el resto de topónimos se encuentran en uso en la actualidad, La Bobadilla se halla en el margen del barranco de Lepe, por debajo de la carretera del transportador, La Laguna, la cual fue desecada a mediados del siglo XX, se corresponde con el actual campo de fútbol, el Lomo del Moral está ubicado en la parte alta del barrio de El Charco, donde también se halla el Pedregal, que pudiera corresponder con “el Caballero del Pedregal”. El Ancón lo encontramos al inicio del barranco de Lepe, donde cae el salto de agua desde la montaña de Abrante. En cuanto a ”la verdura”, donde dice tener el derecho y acción de agua, entendemos que se refiere donde en la actualidad se encuentra el famoso tanque de La Verdura, cuyas aguas son usadas tanto para el cultivo, como para el baño, siendo un lugar también de ocio y el disfrute de los habitantes del pueblo.

Fuera de Agulo declara dejar en Chipude junto a su hermana una acción de agua y tierras de sembrar y montes, advirtiendo de que su sobrino Cristóbal no tiene nada ya que su padre vendió lo que poseía al vecino del lugar Francisco García, pidiendo a sus herederos que le impidan la entrada si quisiera hacerlo.

La relación con su sobrino parece ser complicada, se trata de Cristóbal Prieto, nacido aproximadamente en 1750, siendo hijo de su hermano Juan Prieto y María de la Peña, Cristóbal casó en 1776 con María de las Mercedes Espinal, con descendencia.

Además de sus bienes raíces, en relación con sus bienes muebles, deja por escrito lo que sigue:

declaro que dejo de puertas adentro una colcha y una jerga y una sabana llana y otra de colgar y un cielo de cama y tres fundas una nueba y dos de mediado y un colchón nuevo y un rrodapie de lino ya de mediado”:

Una cama con cielo, rodapié y sábanas de colgar era un mueble opulento y muy funcional. El cielo de cama o dosel era el techo de tela que colgaba de cuatro postes, mientras que el rodapié era el faldón que cubría la base del somier. Por su parte, las sábanas de colgar eran las cortinas que pendían del dosel. En conjunto, estas tres partes no sólo demostraban su alto estatus a través de la riqueza de sus telas y bordados, sino que también cumplían una función práctica vital, creaban un espacio cerrado y aislado que protegía del frío y de las corrientes de aire.

“- y ten (también) declaro que dexo de mi [ilegible] bestir un capote y una chapa de jierro algo usada y un armadon de capulloy unos calsones de torsal”

En el siglo XVIII, el capote era un abrigo o capa de uso común en la vestimenta masculina, caracterizado por ser una prenda funcional y no de lujo. Se confeccionaba con telas resistentes como la lana y su propósito principal era proteger del frío, el viento y la lluvia. Un armadón de capullo, en el contexto de la indumentaria de la época, era un chaleco acolchado, confeccionado con seda de capullo o relleno de ella, que se usaba bajo la casaca para dar forma y abrigo, se trata de una prenda interior de lujo, cuyo material de seda lo distinguía de los armadones comunes de lana, algodón o estopa. En cuanto a los “calsones de torsal”, eran un tipo de pantalones cortos hasta la rodilla, que se distinguían por un detalle decorativo, el torsal, un cordón o hilo retorcido, a menudo de seda, que se utilizaba para adornar las costuras, los bolsillos o la parte inferior de la prenda. Este tipo de adorno, convertía a los calzones en una pieza de vestir lujosa y elaborada, reflejando de esta manera la riqueza y el estatus social de Francisco.

y una camisa nueba y unos calsones blancos nuebos y otros de mediado y unos sapatos de canpo nuebos y otros negros y unas medias de algodón y una casaca de yla encarnada una jose (hoz) una asada una lansa y un sonvrero nuevo y una [ilegible] usada la que está en poder de Alejandro de Arsolaes el que quedó de cassarmelas para que se lo preste para su labor declarolo así para que conste”

Una “casaca de yla” era una prenda masculina de uso exterior, de cuerpo ajustado y faldones amplios hasta la rodilla, con solapas y puños abotonados, era la pieza principal del atuendo masculino; la referencia a su composición, “de yla”, alude a que estaba confeccionada en lino, lo que la hacía más ligera, práctica y adaptada al clima cálido, aunque con menos lujo que las de telas finas.

Recreación de la vestimenta de Francisco Fernández Prieto.

Francisco testó que dejó una herramienta agrícola a Alejandro Arzola, se trata de su tío político, casado con su tía paterna María Trujillo, cabe destacar que fue alcalde de Agulo, como así aparece en el acta de matrimonio de su hija Eufemia de Arzola en 1736.

“declaro que dejo una livra de capullo dos quartos jilados (hilados) y una en rrama con mas tres quartos de [ilegible] jiladas (hiladas) livra y quarta de lino en rrama con media libra de estopa declaro ansi para que conste”

En Canarias, que seguía el sistema castellano, como vemos, también se usaba la libra, la cual correspondía a unos 460 gramos. En concreto, declaró que dejaba lo siguiente:

– Una libra de capullo de gusano de seda, que es la materia prima para obtener la seda.

– Dos cuartos de libra de «hilo hilado», es decir, ya se había procesado el capullo y convertido en hilo.

– Una libra de «hilo en rama», en este caso «en rama», que podría ser un tipo de hilo menos procesado o de otra calidad.

– Tres cuartos de libra de «hilo hilado» adicional, que el estado del documento no deja averiguar, probablemente de otro material distinto al de la seda.

– Una libra y cuarto de lino en rama, otra materia prima popular para hacer telas, el cual aún estaba sin procesar, «en rama».

– Media libra de estopa, la cual es el material que se obtiene al peinar el lino o el cáñamo y que se usa para hacer telas más rústicas o para rellenar.

Francisco Fernández Prieto, a pesar de la ausencia de documentación explícita sobre su oficio, muestra una clara conexión con la industria textil. Su patrimonio incluía tanto la materia prima, los capullos de seda y el lino en rama, como también el producto ya semiprocesado y acabado, en forma de hilo en rama e hilo hilado. Esta hipótesis se ve notablemente reforzada por la posesión de once morales como hemos visto. Estos árboles de morera son el único alimento de los gusanos de seda, lo que podría demostrar que su implicación iba desde el principio de la cadena de producción, la sericicultura, hasta el final del proceso productivo. En el contexto del siglo XVIII, la posesión de este patrimonio textil y productivo refleja su sólida posición social, respaldada por las relaciones personales que figuran en el documento, lo que, sin duda, lo consolidaba como un miembro destacado de la sociedad de su época.

“declaro que aunque tengo testada la casa de mi morada en conjunta colasion para con mis hermanos albierto que compramos yo y mi hermana y mi hermano Jophre [ilegible] a primo esteban de Alsola declaro lo ansi para que conste»

Aunque la casa de su morada está incluida en la parte de la herencia que debe ser repartida en conjunto con sus hermanos, lo que se conoce como «colación», quiere dejar constancia de que él, su hermana y su hermano José la compraron juntos a un primo, se trata del Teniente Capitán Esteban de Arzola y Carrillo, alcalde de Agulo en el momento de su enlace en 1738 con Doña Josefa de Herrera Salazar.

“Con más sien (cien) de los a Manuel de Armas vecino de dicho lugar digo mil y quinientos de las que compramos a dicho Manuel de Armas no tienen parte los otros erederos por quanto fue compra que ysimos los tres ermanos yo y ermana Juana y Jophe declarolo ansi para que conste”

En este pasaje, Francisco continúa con su objetivo de clarificar sus bienes para evitar conflictos futuros. Inicialmente menciona la compra de una cantidad a un vecino llamado Manuel de Armas, corrigiéndose a sí mismo para precisar que la cifra era de 1500 unidades. Si bien o más importante de esta declaración es que establece que los demás herederos no tienen derecho a esta propiedad, ya que fue una compra privada realizada exclusivamente por él, su hermana Juana y su hermano José.

“también declaro que devo [ilegible] y medio a María Melián[ilegible] de mosto a Jeronimo de mendoza [ilegible] declaro ansi para que conste_____ y ten (también) declaro que [ilegible] de Trujillo me deve un quarto de enserrar vino y un quarto del alquiler [ilegible] un quarteron de vino el qual quarto jase (hace) siete barriles los que me deve tres pagas con tres piones mas dos a plantar papas y uno a limpiar declarolo ansi para que conste”

Este fragmento del testamento también nos revela a Francisco como un propietario agrícola con una marcada actividad vinícola. El hecho de deber mosto y que se le deba vino demuestra su participación activa y central en el proceso de producción, abarcando desde la materia prima hasta el producto final. Además, la mención de que se le debe el trabajo de tres peones para labores como plantar papas y limpiar, está en consonancia con esas “tierras para sembrar“ que ha relatado con anterioridad.

En cuanto a las unidades de medidas relatadas, el cuarterón y el barril, si bien podemos constatar una continuidad en el uso de los nombres, no podemos acreditar que sus valores actuales se correspondan con los que tenían en el siglo XVIII.

y ten (también) declaro que me debe [ilegible] Don Luis rrodrigues Casanoba sinco piones y demas amos [ilegible] remito a lo que el dixere”.

En esta ocasión declara que le debe el trabajo de cinco peones, si bien la parte «y demas amos» es menos clara, pero en este contexto se podría entender que se refiere a otros tipos de trabajo o servicios, o al trabajo de otros «amos» o capataces que también le eran debidos. En cuanto al deudor, se trata del Alférez Don Luis Antonio Rodríguez Casanova, nacido en 1720, quien también fue alcalde de Agulo, casado en 1742 con María de Jesús García, viuda del Regidor Don Lucas de Arzola Carrillo. De este enlace la investigación no ha hallado descendencia, posiblemente como consecuencia de la avanzada edad de su mujer, según se desprende de los datos extraídos del padrón de 1757, el cual nos muestra habitando en la casa número tres a Don Luis Antonio Rodríguez, alcalde de dicho lugar, de 37 años, María de Jesús, su mujer de 61, junto a sus criados José de 18,

Antonio de 11, Ángela de 30 y Josefa de 22. Entre Luis Antonio y Francisco debió de existir una relación de amistad a tenor de la frase lo que el dixere”, confiando plenamente en su honradez para que él mismo defina el monto o la forma exacta en que se debe saldar la cuenta.

“y ten (también) me deve Alegandro de Arsola dos de plata declarolo ansi para que conste_____- y ten (también) declaro que devo [ilegible] ayudante Don Jophe Lopes de agiar lo que el dijere____”

Este fragmento declara que Alejandro de Arzola le debe una cantidad indeterminada de plata, quien como vimos anteriormente, se trata de su tío político, casado con su tía paterna María Trujillo. Sin embargo, el punto más relevante es, nuevamente, la gran confianza que Francisco demuestra hacia el Ayudante Don José López de Aguiar, al darle completa potestad para determinar la cantidad que le debe, hecho que evidencia una relación estrecha tanto profesional como personal. Es importante destacar que el término «ayudante» en el siglo XVIII no se refería a un asistente personal, sino a un empleo militar con rango de oficial, en este caso de las milicias, era la mano derecha del sargento mayor, encargado de la administración, logística y comunicación de la tropa.

En el año 1757 el Ayudante Don José López de Aguiar, quien contaba con 35 años y era viudo de Inés de Guía, vivía en la casa número 75 en compañía de su hijo José de 8 años y de sus criados José de 30 años, Antonio de 16 y María de 54. Un año más tarde, el 26 de agosto de 1758 vuelve a contraer matrimonio con Doña Tomasa Peraza de Ayala, hija del Regidor Don Pedro Peraza y Ayala y Doña Antonia Cecilia de Herrera. De este segundo matrimonio nace el Capitán Don José Rafael Aguiar y Peraza, quien matrimonió con Doña Águeda Casanova en 1824 y quienes fueron los bisabuelos de José de Aguiar García, el famoso pintor agulense.

José Aguiar García

Francisco vuelve a dar órdenes para seguir pidiendo por la salvación de su alma y también de su hermana Juana.

“y ten (también) declaro que dexo la media casa de mi morada con rremaniente de la capellania a un yjo del señor ayudante Don Jophe Lopes de agiar para su yjo Francisco y para de fe del dicho Francisco no cantar misa al segundo que es Jophe y para que de fe [ilegible] de no desir misa Jophe lo ayga y quede dicho su ayudante como cosa propia suya para dicho y sus erederos y susesores presentes y por venir. Con mas una suerte de viña tras de la yglesia la metad de dicha viña con quatro moralitos con otros digo toda la suerte de viña que está detrás de la yglesia deste dicho lugar la suerte que me toca a mi con la suerte que me dexo mi ermana Juana con la leiítima que me corresponde en donde llaman el caballero en el pedregal con la lexitima que ube y erede de mi ermana Juana con el cargo que se me an de desir dos misas perpetuamente una por mi y la otra por mi ermana que ansi es mi bolunta_______y ten (también) declaro que todo lo demas que me da lo de mi ermano Antonio asiendo numero de ellos y ejectuando los que de [ilegible] rreferidos en [ilegible] de capellanía que dan al dicho mi ermano quantos hubiere y me pertenesieren [ilegible] al dicho mi ermanito para que los ayga y gose como cosa propia suya que ansi es mi volunta”

En este pasaje, Francisco realiza una serie de complejas donaciones que van más allá de una simple distribución de bienes. En primer lugar, lega la mitad de su casa y lo restante de una capellanía al hijo del Ayudante Don José López de Aguiar, a quien llama Francisco, si bien la investigación no ha conseguido arrojar más datos sacramentales sobre él. Con esta donación, exime a su hermano José de la obligación de «decir misa» que probablemente venía asociada a esa capellanía, demostrando nuevamente una relación muy cercana con la familia del Ayudante. Cabe destacar que en el padrón de 1757 Francisco vive en la casa 73 y José lo hace en la 75, así que además de la estrecha relación personal, eran vecinos.

La segunda donación es una suerte de viña con cuatro morales que le pertenecía junto a la que había heredado de su hermana Juana. Esta tierra viene con una condición, el heredero debe encargar dos misas perpetuamente, una por él y otra por su hermana. Esto es una muestra de su profunda piedad y de su preocupación por el bienestar de su alma en la eternidad. Al vincular la tierra a una obligación religiosa, se asegura de que su memoria y la de su hermana sean honradas para siempre, estableciendo una especie de fundación pía.

Finalmente, el testador aclara un punto sobre los bienes que le corresponden de su hermano Antonio, confirmando que todos esos bienes deben pertenecer a su hermano como si fueran suyos, lo que refleja un intento de dejar muy claras las cuentas familiares y de evitar cualquier disputa futura.

y ten (también) quiero que se me ensienda una bela de sera sobre mi sepultura por el espasio de un [ilegible] que ansi es mi volunta”

En esta petición, expresa un deseo final y muy personal, pide que se le encienda una vela de cera sobre su sepultura durante un periodo de tiempo, lo que muestra una vez más su profunda piedad. Encender velas en la tumba era una práctica religiosa muy común, simbolizando la luz de la fe, la oración por el alma del difunto y el recuerdo de los seres queridos. Al incluir esta petición en su testamento, se asegura de que sus deseos sean respetados por sus herederos, reafirmando que sus preocupaciones espirituales eran tan importantes como sus bienes materiales.

– y ten (también) nombro para mi albasea y testamentario al Señor Ayudante Don Jophe Lopes de agiaral que doy poder quen por derecho se rrequiere para que dentro del año de mi albaseasgo entre el rremaniente de mis vienes anparados para pagar mi funeral y mandos dandole como le doi poder jeneral anplio copioso y vastante para dicho efectuo ejetuando como ejetuo aquello que quedan en dicho rremaniente de capellania [ilegible] estos quedan esestidos Y apartados y fuera de dicho funeral y mandos a quien de mi parte rruego y encargo para [ilegible] que lo asele Y a aga vien por mi alma asi [ilegible] lo aga que ustedes quando deste mundo bayamos y este [ilegible] mi testamento en agulo de la gomera en la casa de mi morada en veinte y quatro de mes de disiemnre deste presente año de mil setesientos sesenta y siete [ilegible] fueron testigos presentes en su otorgasion Juan Antonio Oropesa [ilegoible]

En esta última sección, aborda el nombramiento como albacea al Señor Ayudante Don José López de Aguiar, a quien le otorga un poder total sobre su herencia, volviendo a demostrar la estrecha relación entre ambos. Le encarga la responsabilidad de recoger el remanente de sus bienes y utilizarlo para pagar su funeral y cumplir con todos los «mandos» o legados que ha establecido. Sin embargo, hace una excepción importante, los bienes de la capellanía mencionados anteriormente no deben ser usados para cubrir los gastos del funeral ni de los legados. El testamento finaliza con una súplica personal, rogando y pidiendo al albacea que se encargue de todo «por mi alma», lo que de nuevo enfatiza su profunda piedad y su fe en la honradez del que entendemos su amigo, José López de Aguiar.

Los testigos firmantes, además del referido Juan Antonio Oropesa, fueron Isidro José de Armas, Pascual Montesino, José Lemos y Juan Montesino, de quienes la investigación arroja los siguientes datos:

– Juan Antonio Oropesa, nacido en 1732, quien casó en 1758 con Rosa de Arzola.

– Juan y Pascual Montesino, son hermanos, hijos de Pascual Montesino, nacidos en 1743 y 1747 respectivamente.Juan casó en 1765 con Antonia María de Mendoza. Pascual contrajo matrimonio en 1769 con Isabel Josefa Padilla.

Cabe reseñar la singularidad del apellido Oropesa, el cual no figura a día de hoy entre los habitantes de Agulo, si bien el linaje continúa vivo entre muchos de ellos. En el referido censo de 1757 figura viviendo en la casa número 16 a Bernabé Oropesa, de cincuenta años, junto a su esposa María de Jesús, de cincuenta y cuatro, quienes son padres de Juan Antonio, Magdalena, José María, Vicente y María, con descendencia.

El documento que recoge el testamento de Francisco contiene un párrafo a continuación de las firmas, se trata de un visado, una anotación que certifica que las instrucciones del documento han sido cumplidas o revisadas por una autoridad competente. Es una práctica habitual en el ámbito notarial o religioso para validar que las últimas voluntades de una persona se han llevado a cabo de manera correcta. En este caso reza así:

“Agulo dela Gomera Octubre 15 de 1776

Visado y cumplido este testamento en quanto al funeral y mandas pías y por lo que respecta a las dos misas perpetuas el venerable cura hara [ilegible] la clausura en donde consta su imposision y la protocolara en su protocolo desta yglesia la qual clausura sera autorizada y asi mismo las pondra en su quadrante y apuntara en donde le corresponda [ilegiblr] el Señor Don Jose Fernandes Prieto venervble cura yglesia parrqouial de nuestra señora de Candelaria del lugar de chipude visitador comisionado por el Iltmo Sor obispo destas islas mi señor y lo firmo, doi fee”

Del mismo se desprende que el testamento ha sido «visado y cumplido» en sus aspectos más relevantes. Confirma que se han pagado los gastos del funeral y las «mandas pías», es decir, los legados con fines religiosos. Además, la anotación hace una mención especial a las dos misas perpetuas, indicando que el «venerable cura» de la iglesia de Chipude se encargará personalmente de registrar esta obligación en sus libros parroquiales. Cabe significar dicho cura es José Fernández Prieto y Salazar, nacido en 1727, no es casual la coincidencia de los apellidos ya que la huella documental de los antepasados de Francisco llegan hasta esta localidad de la meseta gomera, emparentando lejanamente con este párroco que visó su testamento. El sacerdote Fernández Prieto tiene una gran importancia en la historia insular, su legado más importante es la «Descripción de la isla de La Gomera», un valioso manuscrito ilustrado que detalla la historia, geografía y etnografía de la isla en el Setecientos.

En el libro de defunciones de la iglesia parroquial de San Marcos Evangelista se registra el fallecimiento de Francisco Fernández Prieto, quien parte de este mundo un día después de testar, el 25 de diciembre de 1767:

En veinte y cinco días del mes de diciembre de mil setecientos sesenta siete años se enterro en esta Yglesia Parroquial con Cruz y Capa a Francisco Prieto mozo libre vecino destte lugar de edad de quarenta y siete años aviendo recevido los Santos Sacramentos hisosele la comunión de la alma tres pausas vigilia missa y grasias ordenadas por su testamento el que se hallara en el tercero legajo de testamentos al folio quinto en el que ordeno se le [ilegible] la Misa de la alma, veinte misas resadas y dejo los vienes que constan en dicho testamento en capellania a los hijos del Ayudante Joseph Lopes de Aguiar con la pension de dos misas resadas y perpetuas y que se le aplicaran y digeran los responsos del año resados [ilegible] las cofradias a las farroras (sic) a real y a las demas a dos quartos en fe de lo qual lo firme

El análisis del acta de defunción confirma la ejecución inmediata de los encargos testados, como así también hemos visto que figura en el visado del testamento, pues las exequias se realizaron «con Cruz y Capa», incluyendo la «comunión de la alma, tres pausas, vigilia, misa y gracias«. En cuanto a los gastos, certifica que se proveyó la limosna para las «veinte misas rezadas» a razón de dos cuartos de realpor cada una, mientras que para las misas perpetuas y las velas y cirios, las «farroras«, se liquidó a una tarifa superior, un real. En cuanto a estas unidades monetarias, por “real” hace referencia al “real de vellón”, la moneda de referenciapara pagos cotidianos, equivalía aproximadamente a media jornada de un peón agrícola. El cuarto era la unidad fraccionaria menor, los dos pagados por una misa rezada, era el precio habitual para cubrir el estipendio por el servicio. Finalmente, el acta confirma la fundación de la capellanía perpetua sobre sus bienes en favor de los hijos del Ayudante José López de Aguiar, como dejó por escrito Francisco.

El estudio de este testamento nos ofrece un retrato detallado de Francisco Fernández Prieto, revelando que era mucho más que un simple terrateniente. Su patrimonio, que abarca desde la producción de lujo como la seda y el vino hasta cultivos esenciales como el lino y las papas, lo identifica como un próspero propietario agrícola. Las minuciosas anotaciones de deudas y créditos en trabajo y bienes, junto con el control de toda la cadena productiva desde los árboles de morera, demuestran que era una figura económica importante en el Agulo de la época. Más allá de lo material, el documento refleja al hombre del momento, con profundas convicciones religiosas, que utiliza sus bienes para la salvación de su alma y la de sus seres queridos. La gran confianza que deposita en su amigo, el Ayudante Don José López de Aguiar, a quien nombra albacea y beneficia con un legado, pone de manifiesto su posición social e influencia. En definitiva, este testamento no es sólo una lista de bienes, sino que estamos ante un testimonio de una vida de trabajo, fe y relaciones sociales, ofreciendo un valioso e inusual vistazo a la existencia de un hombre de la élite en la isla de La Gomera del siglo XVIII.

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